La doble comisión en los cajeros quedará prohibida en octubre 2015.

 

El Consejo de Ministros ha aprobado una Ley para impedir que los bancos cobren una doble comisión en los cajeros a sus clientes. Esta medida entrará en vigor a partir del 3 de octubre y contará con un periodo de transición hasta enero para que las entidades decidan cómo van a gestionar las comisiones y si las van a repercutir al cliente o no.

«La pantalla del cajero deberá informar al usuario del importe máximo que se podrá repercutir», asegura el Ministerio de Economía y Competitividad. La norma entra en vigor el día de su publicación en el BOE y las entidades deberán adaptarse antes del 1 de enero de 2016. Se elimina la doble comisión de forma que la entidad propietaria del cajero no podrá exigirla al usuario del servicio pero sí a la entidad emisora de la tarjeta. El emisor de la tarjeta podrá repercutir o no, total o parcialmente, esta comisión a su cliente, según su política comercial.

Guindos ha asegurado que el resultado es que «se va a minimizar el coste para el usuario y las comisiones serán más reducidas a las actuales».

Así se gestionarán las comisiones

Al contrario de lo que se había pensado inicialmente, Guindos no ha regulado el sector a través de una orden ministerial, sino mediante un Decreto Ley, dada las complejidades técnicas de la normativa.

La regulación que ha impulsado Economía plantea que sea la entidad propietaria del cajero quien cobre una comisión al banco que emite la tarjeta utilizada. Será decisión de éste último trasladar o no la comisión al cliente final.

Fuente: www.expansion.com